Proponen sancionar a padres que impidan convivencia con sus hijos

En el Código Penal de Tamaulipas se estableció una sanción penal dos a seis años de prisión a los padres de familia que retengan u oculten a sus hijos de manera ilegal. 

 

Lo anterior al presentarse una propuesta para modificar la denominación del Capítulo VII del Título Décimo Tercero del Código Penal, para quedar como “Sustracción, retención, u ocultamiento de menores por los padres”. 

 

El artículo 300 establece que “Cometen el delito a que se refiere este capítulo los padres que, habiéndoseles restringido o privado el ejercicio de la patria potestad o el derecho de custodia de sus menores o de quienes no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, mediante resolución judicial provisional o definitiva, los sustraigan sin causa justificada del lugar donde habiten transitoria o permanentemente”. 

 

La diputada Juana Alicia Sánchez Jiménez señaló que, en muchas ocasiones, las y los menores son utilizados como “moneda de cambio” entre los padres para conseguir algún tipo de beneficio; es decir, se condiciona por cualquier medio la convivencia con el cónyuge o excónyuge que no tiene la guarda y custodia a cambio de ciertas situaciones.

 

“Lamentablemente, este es un fenómeno que se presenta de manera recurrente en nuestra sociedad, donde las y los menores son los más afectados, pues se condiciona negativamente la materialización de su derecho a una convivencia armónica con sus padres”. 

 

El artículo 301 establece que “los responsables de los delitos se les impondrá una sanción de dos a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

 

Cuando el sujeto devuelva espontáneamente al menor o incapaz, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las sanciones señaladas”. 

 

Por: Alfredo Contreras