La Suprema Corte determina que trabajadores del IMSS no pueden recibir doble pensión

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los empleados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no podrán recibir, simultáneamente, la pensión por jubilación y la pensión por vejez. Esta decisión aplica a aquellos que, además de ser asegurados, son también trabajadores del IMSS, y que obtienen su pensión bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones establecido en el contrato colectivo entre el Instituto y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.

La Suprema Corte concluyó que la pensión por jubilación ya incluye la de vejez, lo que asegura a los empleados los medios económicos suficientes para cubrir sus necesidades. Por lo tanto, el IMSS, en su rol de patrón, solo debe cubrir la diferencia si fuera necesario.

Este Régimen de Jubilaciones y Pensiones es extralegal, ofreciendo una protección adicional a los trabajadores del IMSS, más allá de los beneficios contemplados en la Ley del Seguro Social, que abarca seguros como el de invalidez, vejez, riesgos de trabajo, entre otros.

«Conforme a este régimen, la jubilación por años de servicio se complementa con la pensión de vejez, así como con ayudas asistenciales y/o asignaciones familiares, otorgando beneficios superiores a los trabajadores del IMSS en comparación con el resto de los empleados en general», señaló la resolución.


¿Por qué tu Afore puede aparecer en ceros?

El saldo de tu Afore es clave para asegurar tu retiro. Sin embargo, es posible que al revisar tu cuenta, te encuentres con un saldo en ceros, lo cual puede generar dudas y preocupación sobre tus ahorros para la jubilación. Aquí te explicamos algunas posibles razones:

  1. Primera vez que te registras en una Afore: Si acabas de crear tu Expediente Electrónico, es normal que inicialmente el saldo aparezca en ceros. La información de tu cuenta se actualizará en cuanto finalice el proceso de registro, y podrás consultarlo a través de los canales que te ofrezca tu Afore.
  2. Cambio de Afore: Si has cambiado de administradora, los fondos de tu cuenta están en proceso de transferencia, lo cual puede tardar entre 20 y 30 días hábiles.
  3. Saldo pendiente de recuperar: Si cotizaste entre 1992 y 1997, es probable que tus recursos estén en una cuenta diferente debido a los cambios en la Ley de Afores en 1997. En este caso, deberás investigar si tienes dinero acumulado en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) de 1992.

 

Con información de La Silla Rota

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