Actualmente el departamento de Tránsito y Vialidad se encuentra aplicando de forma rigurosa el reglamento en vigor y para ello existe la disposición de no ofrecer o refrendar descuentos en ciertas infracciones.
Según la información de la dependencia, lo anterior es con la finalidad de crear consciencia en la ciudadanos de no incurrir en las violaciones de estos importantes conceptos que van en agravio de terceros.
La primera violación en donde no se aplica descuento y es la más penada es el artículo 24 fracción VIII (manejar en estado de ebriedad); la multa es de cuatro mil 886 pesos.
Cabe mencionar que de la mano viene un costo adicional de entre mil 400 a mil 600 del arrastre de la grúa y 110 pesos de pensión diaria del corralón.
Otra es el artículo 108 , (darse a la fuga); que equivale a dos mil 172 pesos.
En lo que respecta al artículo 83 fracción VIII (estacionarse en lugar para discapacitados); refiere a una sanción de dos mil 172 pesos.
El artículo 71 fracción I (exceder el límite de velocidad en zona escolar), equivale a mil 630 pesos.
Y por último, no traer licencia es la violación al artículo 24 fracción I y el costo de la sanción es de 978 pesos (recuerde que en enero del 2025 comienza el operativo para eso).
Es importante señalar, que sí en determinado momento usted desea apelar por alguna presunta irregularidad en el proceder de los agentes viales; puede buscar en las instalaciones de la Secretaría de Seguridad Pública ubicadas sobre la avenida Marte R. Gómez al director de Tránsito y Vialidad, Lic. José Luis García Castillo, quien le atenderá en su despacho.
Por: Pedro Pablo Arellano Ortiz.