De acuerdo con la experta en temas fiscales, el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta obliga a los contribuyentes a informar en la declaración anual tanto los ingresos de la tanda, los préstamos, donativos y premios que se hayan recibido.
Para presentar esta declaración anual sin pago de impuestos, que avise al SAT estos ingresos se debe realizar el siguiente procedimiento:
Ingresar a la página web del SAT y dar clic en “Iniciar”, después ingresar el RFC y la contraseña, seleccionar servicios por internet y el trámite “declaraciones” del apartado descripción del servicio.
En este apartado se deben ingresar los datos que solicitan y después añadir los ingresos extraordinarios, el concepto, que en este caso es la tanda y después dar clic en enviar declaración.
Pero el escenario también cambia para quienes organizan la tanda, ya que se adquieren obligaciones fiscales ante el SAT .
¿Qué pasa si organizo la tanda?
De acuerdo con expertos en temas fiscales, quien organiza la tanda suele pensar que no sucederá nada si la administra y muchas veces se comete el error de que la deposita en su propia cuenta, lo que puede solicitar el pago de recargos, actualizaciones y hasta multas.
Por lo que se recomienda que para evitar problemas por la organización de una tanda o generar ingresos a través de este mecanismo, se abra una cuenta bancaria a nombre de los integrantes de la tanda, incluso se recomienda que se considere la creación a una asociación civil.
Sin embargo, expertos recomiendan que antes de abrir o participar en una tanda se busque la asesoría fiscal preventiva y evitar sorpresas ante el SAT .
Fuente: TvAzteca.